Desde nuestra experiencia como expertos en la administración de edificios en Gijón, hemos observado que cada vez más personas confían en nuestros servicios porque nos avala una dilatada trayectoria profesional en este sector. Esta vez nos gustaría aprovechar la publicación presente para explicarte cómo es el procedimiento para la convocatoria de la Junta de Propietarios de una comunidad, ya que se trata de una pregunta bastante habitual entre nuestros clientes.
La Junta General de Propietarios de toda comunidad debe celebrarse como mínimo una vez al año. En el supuesto de que el Presidente en cuestión no procediera a convocarla, el resto de vecinos tendría potestad para hacerlo si reúnen el 25% de los apoyos. Una vez conseguidos, el siguiente paso sería comunicarlo por escrito tanto al Presidente como al Administrador y determinar cuáles serán los puntos del orden del día que van a ser tratados, así como la fecha de su celebración. De todas formas aunque no se logre reunir los apoyos requeridos, existe la posibilidad de acudir a la justicia para exigir la celebración de la misma.
Como especialistas en la administración de edificios en Gijón queremos señalar que las Juntas Extraordinarias, tal y como sugieren su nombre, son distintas. Aunque deben ser comunicadas al resto de propietarios, la ley no establece un plazo mínimo de antelación debido a la urgencia de la misma. En el caso de que uno de los propietarios resida fuera del país, sería necesario transmitirle la intención de celebrarla. Ten en cuenta que de lo contrario se estaría cometiendo una infracción y cabe la posibilidad de ser impugnada.
En Jojusa Administraciones encontrarás a los mejores profesionales especializados en la gestión de comunidades de propietarios. Te garantizamos un trato totalmente personalizado y a medida.